CONSULTA
La consulta es el principal servicio que presta el Archivo Municipal, tanto a los trabajadores de la propia institución como a los ciudadanos e investigadores. La consulta se realizará de manera presencial en las instalaciones del Archivo Municipal siempre que se garantice la preservación de la integridad y buen uso de los fondos. Quedan exceptuados los documentos que contengan datos cuyo acceso esté restringido por la ley.
Todo ciudadano mayor de edad puede realizar la consulta previa presentación del impreso de solicitud por Registro de Entrada del Ayuntamiento.
En el caso de investigadores, historiadores, estudiantes, se deberá presentar el motivo de la investigación por escrito y se entregará una copia del trabajo o publicación realizado con destino a la biblioteca Auxiliar del Archivo.
REPROGRAFIA
Las restricciones y limitaciones para la reproducción tienen su fundamento en el respeto a la legislación, así como para garantizar la preservación de la integridad y buen uso de los fondos. Quedan exceptuados los documentos que contengan datos cuyo acceso esté restringido por la ley.
Pasos a seguir:
Realizar una solicitud donde deberá constar:
- Datos personales completos: dirección, teléfono o correo electrónico, y en su caso, entidad o empresa a la que pertenece.
- Motivo de la petición: estudio o publicación
Las tasas por reproducción de documentos son las establecidas en la Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por Expedición de documentos Administrativos del Ayuntamiento.
Según sea el tipo de documento a reproducir, habrá que tener en cuenta las siguientes restricciones:
1.- Los materiales de características especiales (tamaño, peso, estado de conservación) sólo se podrán reproducir a partir de digitalización.
2.- La reproducción de obras sujetas a derechos de propiedad intelectual, sólo será posible cuando se realice sin ánimo de lucro y exclusivamente para fines de investigación (art. 37.1. del RDL 1/1996)
3.- En las ediciones en que se recojan reproducciones de documentos del Archivo deberá citarse la procedencia de los mismos. Deberá entregarse un ejemplar de las publicaciones o trabajos de investigación donde aparezcan reproducciones de fondos del archivo, con destino a la Biblioteca técnica del Archivo.
4.- Todos los peticionarios se comprometen expresamente a respetar las normas aquí señaladas y todas las derivadas de la normativa vigente.
5.- No se permite la reproducción de series documentales completas.
Normativa reguladora:
- Ley 4/1993 de 21 de abril, de Archivos y Patrimonio Documental de la Comunidad de Madrid (BOE de 10 de junio de 1993)
- Ley 10/1998, de 9 de julio, de Patrimonio Histórico de la Comunidad de Madrid (BOE de 16 de julio de 1998)
- Ley 16/1985 de 25 de junio, de Patrimonio Histórico Español.
- Real Decreto 111/1986, de 10 de enero de desarrollo parcial de la Ley 16/1985, de 25 de junio del Patrimonio Histórico Español
- Ley Orgánica 1/1982 de 5 de mayo, de Protección Civil del derecho al honor a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen.
- Ley 22/1987, de 11 de noviembre, de Propiedad Intelectual.
- Real Decreto Legislativo 1/1996, de 12 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Propiedad Intelectual.
- Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.
- Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común (BOE de 2 de Octubre de 2015)
- Ley 10/2019, de 10 de abril, de Transparencia y de Participación de la Comunidad de Madrid .(B.O.C.M. de 22 de abril de 2019)
- Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por Expedición de documentos Administrativos del Ayuntamiento.