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Bonificaciones
Bonificaciones
  • Bonificación por familia numerosa

Plazo de solicitud:
Durante los meses de enero y febrero de cada año.


Documentación a presentar:

(*) Deberá presentar el original para su compulsa

 

  • Bonificación por instalación de sistemas de aprovechamiento eléctrico de la ENERGÍA SOLAR para autoconsumo
 
 
Plazo de solicitud
  • Entre el 1 de enero y el 31 de marzo del ejercicio en que haya de surtir efecto. Transcurrido el mismo no producirá efectos hasta el ejercicio siguiente
 
Requisitos
  • Que la instalación (a 31 de diciembre del año anterior) cuente con la oportuna licencia municipal y se encuentre en servicio.
  • Que el sujeto pasivo titular del inmueble se encuentre al corriente de pago con la Hacienda Municipal a fecha 31 de enero de cada ejercicio

Porcentajes de bonificación según potencia instalada:
 
  • Inmuebles de uso residencial:
    2,40Kw a 4,59Kw – 20%
     
  • Inmuebles de uso no residencial.
    30% cuando dispongan de una potencia instalada mínima de 5Kw por cada 200 m2 construidos.
     
  • Inmuebles sujetos al régimen de propiedad horizontal:
    2,40Kw a 4,59Kw – 20%
    Igual o Superior a 4,60 Kw – 30%
 
Duración
Cinco periodos impositivos siguientes a la finalización de la instalación.
 
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Horario de información y consultas en el Servicio de Rentas: De lunes a viernes: de 8:30 a 14:00 horas

 

 

Toda la documentación deberá presentarse en el Registro Municipal presencialmente o a través de la SEDE ELECTRÓNICA