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Exención y bonificación del Impuesto de Vehiculos de Tracción mecánica
Exención y bonificación del Impuesto de Vehículos de Tracción Mecánica

Plazo de solicitud:
Antes del 31 de diciembre de cada año fiscal

Exenciones

  • Vehículos adaptados a minusválidos
  • Vehículos históricos

Bonificaciones

  • Híbridos: 25%
  • Impulsados a gas: 50%
  • Eléctricos: 75%


Documentación a presentar:

  • Impreso de solicitud (por duplicado)
  • Fotocopia del certificado por minusvalía
    Sólo para exención por minusvalía
  • Fotocopia de la ficha técnica del vehículo
  • Fotocopia del permiso de circulación

 

Para más información consulte las Ordenanzas Fiscales


Toda la documentación deberá presentarse en el Registro Municipal.

 

Horario de información y consultas:
De lunes a viernes: de 8:30 a 13:30 horas