Los adjudicatarios definitivos de las autorizaciones demaniales deberán abonar al Ayuntamiento un canon de SESENTA euros (60,00€) anual, prorrateándose por el tiempo que corresponda cuando el comienzo y la extinción de la autorización se produzcan durante el año.
El primer canon se pagará dentro de los cinco días hábiles que sigan a la adjudicación de la autorización demanial. El segundo y sucesivos cánones anuales se abonará dentro de los primeros 15 días del inicio del año natural que corresponda.
Edicto Huertos Vecinales