Ante la llegada de la temporada de piscinas de verano aquellas comunidades de vecinos y las piscinas de uso público deben de cumplir con la normativa vigente, según la cual se establecen las condiciones higiénico-sanitarias y los criterios técnico-sanitarios de las piscinas.
El Ayuntamiento de Villaviciosa de Odón, a través de su concejalía de Sanidad y Consumo, ofrece la siguiente información acerca de los trámites que se deben seguir para cumplir la normativa:
Quince días antes de la apertura de la piscina, en horario de 8:30 a 14:00 horas de lunes a viernes, deberá presentarse en el Registro del Ayuntamiento de Villaviciosa de Odón (Plaza de la Constitución nº1) la siguiente documentación:
- Solicitud de apertura de piscina (según modelo de solicitud)
- Declaración responsable debidamente firmada por el titular (Presidente de la Comunidad de Propietarios).
- Análisis físico-químico y microbiológico del agua de los vasos de la piscina según el Decreto 80/1998 y el Real Decreto 742/2013.
- CIF o NIF del titular de la instalación (solo si es de NUEVA apertura)
Las comunidades de vecinos con 30 viviendas o más deberán presentar una segunda analítica en agosto con los parámetros del Real Decreto 742/2013, siempre y cuando la analítica inicial no hubiera presentado alteraciones. Ante incumplimientos analíticos en el primer análisis, se deberá realizar la segunda analítica según las dos normativas.
Las piscinas de uso público seguirán el programa indicado en los documentos de aplicación de la Comunidad de Madrid (1 análisis mensual ajustado a los parámetros del Real Decreto 742/2013), siempre y cuando el análisis inicial resultase acorde a los límites establecidos. En caso contrario habría de repetirse la analítica requerida al inicio de la temporada. Además, estas piscinas deberán disponer de un Programa de autocontrol y tener actualizada toda la información en el soporte informático SILOE establecida por el Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad.