Durante la sesión plenaria se aprobó este texto, de manera inicial, con los votos favorables del equipo de Gobierno y en contra de la oposición.
En su proceso el concejal de Comercio e Industria, Agustín Reguera, ha mantenido reuniones con hosteleros y vecinos.
Durante la sesión plenaria celebrada este martes la Corporación municipal aprobó, de manera inicial, la modificación de la Ordenanza Reguladora de Terrazas y Veladores, que permanece en vigor desde abril del año 2005.
La iniciativa contó con los votos favorables del equipo de Gobierno y en contra de los grupos municipales de la oposición, que en su conjunto criticaron la falta de consenso y de información que ha existido durante la elaboración de la ordenanza.
En los próximos días se publicará en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid (BOCM) el acuerdo plenario sobre la aprobación inicial de la Ordenanza de Terrazas y Veladores. A partir de la publicación se abrirá un plazo de 30 días hábiles para presentar las alegaciones que se consideren oportunas. Los interesados podrán consultar la ordenanza en la página web municipal -www.aytovillaviciosadeodon.es- o en la concejalía de Comercio e Industria.
Reuniones con hosteleros y vecinos
Durante su intervención el concejal de Comercio e Industria, Agustín Reguera, se mostró “satisfecho” con esta ordenanza cuyo resultado ha sido consecuencia de reuniones mantenidas con hosteleros y vecinos “siempre buscando lo mejor para nuestro pueblo en consonancia con el trabajo realizado en los últimos años desde la concejalía, encaminado al apoyo del comercio local y de su principal locomotora, el sector hostelero”.
El edil señaló que se otorgarán ayudas en forma de subvenciones en la tasa municipal para aquellos hosteleros que tengan que invertir para adecuarse a la ordenanza que está pensada para lograr una imagen más homogénea de las terrazas de los establecimientos en beneficio de Villaviciosa y de los propios hosteleros. Además, “se pretende que sean más accesibles, seguras y limpias logrando con su diseño que estén a la altura de nuestro patrimonio”.
Otro de los objetivos recogidos en este texto es el de facilitar al sector hostelero el desarrollo de su actividad ampliando la temporada de terraza, que se extenderá del 1 de marzo al 31 de octubre, así como el horario de su funcionamiento. Todo ello sin perjuicio de establecer las adecuadas limitaciones que permitan conciliar adecuadamente el desarrollo de esta actividad económica con los derechos de los vecinos del entorno y el resto de ciudadanos.
Armonizar con el entorno
Todos los elementos de las terrazas, sillas, mesas, toldos, sombrillas deberán armonizar con el entorno, especialmente en lo que se refiere al casco urbano. Por otra parte, las instalaciones reguladas por esta ordenanza deberán mantenerse en las debidas condiciones de limpieza, seguridad y ornato.
El suelo, a efectos de emplazamiento e instalación de conjuntos de terrazas de hostelería, queda clasificado conforme a las áreas y referencias siguientes:
- Zona ZIEC-Zona de Interés Estético y Cultural. Incluye las siguientes calles y plazas: calles Carretas, Nueva, Abrevadero, Santa Ana, López Puigcerver, Arroyo, López Polín, Móstoles, Gonzalo Calamita, Del Puente, Mayor, Federico de la Torre, De las Eras, Lacedón, Plaza del Humilladero, Plaza del Mercado y Plaza de la Constitución.
- Resto del municipio.
Igualmente, en esta ordenanza se mantiene la prohibición de instalación de equipos sonoros que perturben la tranquilidad y salubridad de los vecinos, pero dejando margen a supuestos excepcionales, como los acontecimientos deportivos, o aquellos otros que se puedan autorizar por el Ayuntamiento, en beneficio no sólo de los comerciantes, sino sobre todo del disfrute y ocio de los vecinos.